|
Las ITE's del edificio son las inspecciones técnicas que hay que realizar para garantizar los niveles de calidad exigibles a los edificios de más de 45 años y cuya obligatoriedad y requisitos se hallan indicados en el Decreto 187/2010 de Inspección Técnica de los Edificios.
|
Si mi edificio tiene 'X' años (20, 30, 40, 50...).
¿Como propietarios del mismo, estamos obligados a pasar la Inspección Técnica del Edificio (ITE)?
¿Qué pasos hay que seguir para solicitar dicha ITE?
|
El técnico encargado de la ITE, realiza una inspección visual y dicta un informe técnico en el que señala las posibles anomalías y deficiencias observadas y la calificación de éstas.
En caso de que la inspección sea favorable, la Administración emitirá el Certificado de Apitud, con vigencia de 10 años.
|